En la CDMX se puede demandar por daños ambientales: Profepa

Mié, 23 Ago 2017
El Mtro. Gabriel Calvillo, subprocurador Jurídico de la Profepa, impartió en la IBERO la conferencia ‘La justicia ambiental en el 2017 y hacia el futuro’
  • Mtro. Gabriel Calvillo, subprocurador Jurídico de la Profepa.
  • Mtra. Mayra Ruiz, directora general de Control de Procedimientos Administrativos y Consulta de la Profepa.

Hoy en día, cualquier persona que habita en la Ciudad de México y que estuviera inconforme con la construcción de una obra pública porque causa daño ambiental, si pudiera acreditar este daño, estaría legitimada para acudir a un juez de jurisdicción ambiental especializada y demandar que se detenga el proyecto, se repare el daño y se imponga una sanción económica a la empresa constructora que habría ilegalmente llevado a cabo la obra, dijo el maestro Gabriel Calvillo Díaz, subprocurador Jurídico de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa).

El anterior es un ejemplo de cómo opera ‘La justicia ambiental en el 2017 y hacia el futuro’, tema y nombre de la conferencia que el funcionario impartió en la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, ante estudiantes y académicos del Departamento de Derecho.

El Subprocurador mencionó que por la comisión de un delito contra el ambiente, un juez penal podría imponer a una persona física una pena de prisión de uno a nueve años, que puede incrementarse a de cuatro a 12 años, e incluso hay supuestos que pueden llegar a los 15 años de cárcel.

Pero si la acusada y sentenciada es la empresa, evidentemente no se le puede meter a la cárcel, pero sí imponer una pena privativa de su libertad al restringir su actividad económica; lo que se logra a través de la imposición de clausuras y suspensiones.

“Mientras a las personas físicas ya no las podemos sentenciar, por ejemplo, a la pena de muerte; a las empresas sí. Ahora podemos sentenciarlas (a las empresas) a la pena de muerte bajo la figura de la disolución de la persona jurídica por la comisión de un delito contra el ambiente”.

Las empresas también pueden ser acreedoras a sanciones económicas ‘potencialmente astronómicas’. Si una persona jurídica, una empresa, es sentenciada por un delito contra el ambiente, se le puede imponer una multa equivalente de hasta 8.2 años de sus ingresos. De hecho, la sanción económica más grande en la historia del mundo fue de 20 mil 800 millones de dólares, impuesta en Estados Unidos a la empresa BP por su responsabilidad en un derrame de hidrocarburos en el Golfo de México.

Justicia y medio ambiente 

A decir de Calvillo Díaz, la ambiental es una de las nuevas materias en donde los abogados ven absolutamente toda la complejidad del sistema de justicia y los nuevos aspectos del derecho económico mexicano.

Y en ese sentido destacó: “Por qué necesitamos conocer de derecho ambiental (los abogados corporativos, fiscalistas, litigantes); porque los delitos contra el ambiente, hablamos del sistema penal, están contemplados en un listado de delitos que pueden imputarse ahora a una persona jurídica, es decir, a una empresa. Podemos sujetar a juicio penal a una empresa, independientemente de lo que hayan hecho o no sus empleados”.

Por otra parte, la Mtra. Mayra Ruiz Cabañas Ramírez, directora general de Control de Procedimientos Administrativos y Consulta de la Profepa, explicó que esta procuraduría tiene como atribución la de ordenar y realizar visita de inspección con el objetivo de evaluar el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en las siguientes materias: residuos peligrosos, residuos peligrosos biológico infecciosos, atmósfera, suelo, actividades altamente riesgosas, forestal, áreas naturales protegidas, vida silvestre, zona federal marítimo terrestre, impacto ambiental, organismos genéticamente modificados, cambio climático y responsabilidad ambiental.

Asimismo, mencionó que el marco normativo en materia ambiental lo integran: Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Ley General de Vida Silvestre, Ley de la Bioseguridad de los Organismos Genéticamente Modificados, Ley General de Bienes Nacionales, y Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

La ponencia ‘La justicia ambiental en el 2017 y hacia el futuro’ formó parte de la ‘Jornada en materia de justicia ambiental PROFEPA 25 años’, organizada por el Departamento de Derecho de la IBERO y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.

La actividad tuvo por objetivo dar a conocer la trayectoria de la justicia ambiental en los últimos 25 años, actualizar a las y los alumnos en los nuevos criterios de interpretación instrumental de armonización constitucional y reformas aplicables en el año 2017, y discutir la trayectoria de la justicia ambiental hacia el futuro con un enfoque teórico-práctico.

Además de la conferencia mencionada, también se llevaron a cabo otras dos: ‘25 años de procuración de justicia ambiental en México' y ‘La ciencia en la justicia ambiental’; así como un taller y casos prácticos.

Texto y fotos: PEDRO RENDÓN/ICM

 

Las opiniones y puntos de vista vertidos en este comunicado son de exclusiva responsabilidad de quienes los emiten
y no representan necesariamente el pensamiento ni la línea editorial de la Universidad Iberoamericana.

Para mayor información sobre este comunicado llamar a los teléfonos: (55) 59 50 40 00, Ext. 7594, 7759
Comunicación Institucional de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México
Prol. Paseo de la Reforma 880, edificio F, 1er piso, Col. Lomas de Santa Fe, C.P. 01219